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La evolución sufrida por la ciencia en las últimas décadas ha tenidoun efecto directo en el ámbito probatorio del proceso y, másconcretamente, en la prueba científica, que se convierte en una prueba prácticamente irrefutable y determinante en la convicción deltribunal y, por tanto, en el contenido de la sentencia. El valor deesta prueba descansa, sustancialmente, en la garantía de fiabilidad de la fuente de prueba, por eso la integridad en la cadena de custodiaes factor fundamental en este tipo de pruebas y la afirmación de surotura una de las armas más utilizadas por las defensas paradesvirtuarlas.Tras un proyecto de regulación que se incorporó al Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal en 2011, el vacío de regulación de lacadena de custodia ha sido la tónica dominante hasta nuestros días. No faltan recomendaciones internacionales que piden que se regule deforma expresa los actos que componen este proceso porque la falta deregulación propicia vulneraciones cuyas consecuencias jurídicastampoco aparecen reguladas. Ante la ausencia de una normativa general, aparece una normativa reglamentaria, acuerdos marco y, en suma, unaserie de instrumentos un tanto dispersos que tampoco son de obligadaaplicación y que no logran crear un panorama adecuado.Como en tantas ocasiones, la realidad va muy por delante dellegislador y son los tribunales los que han de llenar las lagunas queéste deja. Nuestra jurisprudencia ha sido la encargada de irperfilando todo el instituto de la cadena de custodia, desde el propio concepto hasta los efectos de su quebrantamiento. Lo ha hechopartiendo del carácter instrumental del mismo porque, ciertamente,estamos ante un mecanismo externo al proceso, con una finalidadpuramente material: asegurar la incolumidad de los indicios ocupados.Pero aunque, efectivamente, nos hallamos ante un elemento más práctico que teórico, una figura tomada de la realidad con valor jurídico,plantea una serie de interrogantes cuando aparecen irregularidades ovulneraciones, porque su rotura puede llegar a quebrantar derechosfundamentales, especialmente el derecho de defensa y el derecho a lapresunción de inocencia.